LEY DE SEGURIDAD SALUD TRABAJO-29783
Ley 29783, LEY DE SEGURIDAD SALUD TRABAJO, estipula que toda empresa conformada en nuestro país, debe y tiene la obligación que a sus trabajadores se les debe realizar exámenes médicos ocupacionales de ingreso, anual y de retiro, de esta manera se conoce el estado de salud de cada uno, promoviendo así una vigilancia continua y eficaz para cada trabajador.
Esta evaluación tiene por objetivo conocer el estado de salud y/o aptitud del trabajador, entre otros.
Evaluamos la salud y el bienestar de los trabajadores en relación con su sistema musculoesquelético en el entorno laboral.
Analizamos características psicológicas relevantes de un individuo en relación con su desempeño laboral.
Nos permite medir la audición de los trabajadores en relación con su entorno laboral.
Evaluamos la función pulmonar de los trabajadores en condiciones que puedan afectar la salud respiratoria.
Nos permite detectar posibles problemas visuales que puedan afectar el desempeño laboral de los trabajadores.
Evaluamos la salud cardiovascular de los trabajadores en relación con su entorno laboral mediante el examen de electrocardiograma.
Detectamos posibles enfermedades pulmonares y lumbares relacionadas con el trabajo
Analizamos los resultados de diversos análisis de laboratorio realizados a los trabajadores.
Nos permite identificar posibles problemas dentales que puedan afectar el bienestar y la capacidad de los trabajadores.
berenisse.diaz@cmramazzini.com
Berenisse Díaz
Ca. Las Bromelias cuadra 3 AY-05 Miraflores Country Club - Castilla
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